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Incumplen restaurantes en prácticas de higiene

Incumplen restaurantes en prácticas de higiene
  • Publishedabril 24, 2025

La Coepris informó que 400 más se someterán a revisión para determinar si son sancionados

En lo que va de este año, 25 restaurantes en Baja California han sido suspendidos principalmente por malas prácticas de higiene y muestreos que resultan fuera de la NOM-251 o cuando se monitorea algún alimento en mal estado ya sea por denuncia o visita de verificación.

Lo anterior, lo manifestó Evaristo Ruíz Palafox, encargado de despacho de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS), quien mencionó que en Mexicali las suspensiones fueron para restaurantes de comida china y en el resto del estado se aplicaron en aquellos que tienen que ver con pescados y mariscos.

“En cada municipio prevalece algún tipo de alimento, en Mexicali por ejemplo los restaurantes de comida china prevalece un número muy grande, en Ensenada es la industria restaurantera de pescados y mariscos, pero en todos se puede detectar incumplimientos a la normatividad”, agregó.

Evaristo Ruíz, puntualizó que las causales por las que se pueden aplicar medidas de seguridad es cuando no cuentan con la infraestructura adecuada o el equipamiento necesario para tener buenas prácticas de higiene o cuando algún resultado de laboratorio sale positivo de algún tipo de contaminación.

“Nuestros programa de verificación indica que debemos tener verificados alrededor de 100 establecimientos por mes, en los giros de alimentos se refiere, con algunos programas federales de control de la higiene en el manejo de alimentos”, añadió.

El titular de la Coepris en el estado, precisó que además están en proceso de verificación sanitaria cerca de 400 casos de restaurantes para definir una sanción, suspensión o aseguramiento de producto.

En cuanto al rango de las sanciones, el funcionario indicó que son de 1 Unidad de Medida Actualizada (UMA) hasta las 12 mil UMAS, equivalentes a 113.14 pesos hasta 1 millón 357 mil 680 pesos, dependiendo de la situación de cada procedimiento.

“Cada procedimiento es único, se tienen que considerar una serie de situaciones para definir el tipo y el monto de la sanción, es decir, no necesariamente se le tiene que aplicar el máximo del monto, pero estamos hablando de sanciones o multas que pudieran superar el millón de pesos”, aseguró.

Así mismo, comentó que no todos los procedimientos terminan en sanción económica ya que depende de si se solventan las anomalías, sin embargo, incluso una vez solventadas pudiera ser acreedor de una sanción, dependiendo de la valoración jurídica.

“Hay criterios que la propia ley nos impone, que tenemos que considerar al momento de determinar qué resolución vamos a elaborar”, expresó.

Evaristo Hernández consideró que un proceso de revisión de un restaurante puede durar alrededor de 3 a 6 meses, no obstante, hay procedimientos en donde los mismos establecimientos piden plazos para corregir anomalías.

En el caso de inspecciones en bares, subrayó que en 2025 no se han trabajado ya que se están estableciendo alianzas con el consejo de alcoholes, por lo cual están en proceso de generar una estrategia para empezar las visitas de verificación este año.

LA NORMA

La NOM-251, establece las prácticas de higiene que deben seguir los establecimientos que elaboran, procesan, almacenan, transportan o venden alimentos, bebidas y suplementos alimenticios para garantizar la inocuidad de estos productos.

En cuanto a higiene personal, establece que el personal debe lavarse las manos con agua y jabón antes de manipular alimentos, usar ropa adecuada, mantener buenas prácticas de higiene personal y no trabajar si está enfermo.

Así mismo, en cuanto a limpieza y desinfección, los equipos, utensilios, instalaciones y mobiliario deben mantenerse limpios y desinfectados, utilizando productos adecuados y siguiendo los procedimientos correctos.

Para el control de plagas, se deben implementar medidas para prevenir la entrada y reproducción de plagas en las instalaciones, además, los productos deben almacenarse en condiciones adecuadas de temperatura y humedad, protegidos de contaminaciones.

También, los productos deben transportarse en vehículos limpios y en condiciones que garanticen su inocuidad, así como controlar las temperaturas de refrigeración y congelación para asegurar la conservación de los productos.

La norma establece que para prevención de contaminación cruzada, se deben tomar medidas para evitar que la materia prima, los productos en elaboración o los productos terminados se contaminen entre sí.

Finalmente, indica que el personal debe estar capacitado en buenas prácticas de higiene y seguridad alimentaria, así como tener registros de las actividades de limpieza, desinfección, control de plagas y otras actividades relevantes.

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